Trámites después de un fallecimiento: pensión, auxilio funerario, seguros, bancos y sucesión
Una lista ordenada de lo que suele quedar pendiente en las semanas siguientes, para que nada importante se te pase.

Después de la despedida quedan trámites que no son urgentes, pero conviene hacerlos con orden. Tómalo con calma: la mayoría tiene plazos amplios. Para casi todos necesitarás el registro civil de defunción y tu cédula.
1. EPS y caja de compensación
Reporta el fallecimiento a la EPS. Si había beneficiarios afiliados a través de la persona fallecida (esposa o esposo, hijos), pregunta cómo deben continuar su afiliación para que no se interrumpa su atención. Haz lo mismo con la caja de compensación familiar si recibían subsidios.
2. Pensión de sobrevivientes
Si la persona estaba pensionada o cotizaba a pensión, su familia puede tener derecho a una pensión de sobrevivientes. Pueden ser beneficiarios, según el caso, el cónyuge o compañero permanente, los hijos menores de edad, los hijos que estudian (hasta cierta edad) o con discapacidad, y en algunos casos los padres que dependían económicamente de ella.
La solicitud se hace ante Colpensiones o ante el fondo privado donde estaba afiliada. Ten en cuenta que la entidad puede pedir pruebas de convivencia o de dependencia económica.
3. Auxilio funerario
Cuando la persona fallecida era pensionada o afiliada al sistema de pensiones, quien demuestre haber pagado los gastos funerarios puede pedir al fondo un auxilio funerario. Guarda las facturas del servicio. Si los gastos los cubrió un plan exequial, consulta con el fondo cómo aplica en tu caso.
4. Seguros
- Seguros de vida: revisa pólizas personales, de la empresa donde trabajaba o asociadas a tarjetas de crédito. Los beneficiarios deben reclamar ante la aseguradora.
- Seguros de deudores: muchos créditos (hipotecario, vehículo, libre inversión) tienen un seguro que paga la deuda si el titular fallece. Pregunta en cada banco.
- SOAT: si el fallecimiento fue por un accidente de tránsito, el SOAT cubre una indemnización por muerte y gastos funerarios.
Las reclamaciones a seguros tienen plazos; no las dejes para muy tarde.
5. Bancos, deudas y servicios
- Informa a los bancos para que congelen las cuentas y te indiquen cómo entregar el dinero a los herederos.
- Las deudas no pasan automáticamente a los hijos: se pagan con los bienes que deja la persona, dentro de la sucesión.
- Cancela o traslada servicios públicos, telefonía, suscripciones y redes sociales.
6. Sucesión
Si la persona dejó bienes (casa, vehículo, cuentas, acciones), los herederos deben hacer la sucesión. Si todos están de acuerdo, puede hacerse ante notario con un abogado; si no hay acuerdo, se hace ante un juez. Consulta con un abogado de confianza antes de vender o repartir bienes.
Una lista para no olvidar nada
- Varias copias del registro civil de defunción.
- Facturas del servicio funerario.
- Pólizas de seguros y extractos bancarios.
- Documentos de pensión (número de afiliación, fondo).
- Escrituras, tarjetas de propiedad de vehículos y documentos de deudas.
Esta guía es informativa y no reemplaza la asesoría de cada entidad ni la de un abogado. Requisitos y plazos pueden cambiar.


